Las empresas deben responder de sus actos: reconocer el derecho a un medio ambiente sano
La destrucción del medio ambiente por parte de las empresas acelera la triple crisis del cambio climático, la contaminación y la pérdida de biodiversidad. Los Estados deben aprovechar la oportunidad que ofrece la próxima ronda de negociaciones sobre un instrumento jurídicamente vinculante de las Naciones Unidas relativo a las empresas y los derechos humanos para consagrar en el texto el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible, y garantizar que las empresas ya no puedan actuar con impunidad.
En todo el mundo, las comunidades se ven afectadas por el poder transnacional descontrolado y sin regulación de las empresas, que provoca la contaminación de las reservas de agua, la pérdida de tierras agrícolas, la destrucción de los sistemas alimentarios y la pérdida de medios de subsistencia. Sin embargo, con demasiada frecuencia, las empresas no responden de sus actos, mientras que las comunidades se quedan sin recursos para su subsistencia ni justicia, como se destaca en el nuevo estudio dedicado a las cuestiones medioambientales, titulado «Las empresas deben responder de sus actos ante las personas y el planeta», cuyo objetivo es orientar los debates de las Naciones Unidas.
La próxima sesión del grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta del Consejo de Derechos Humanos, que se celebrará en octubre de 2025 —la undécima ronda anual de negociaciones—, ofrece un enorme potencial para limitar el poder excesivo de las empresas y proteger a las comunidades y el medio ambiente. Los Estados negociarán los artículos finales del actualizado del instrumento jurídicamente vinculante (LBI) destinado a regular las empresas transnacionales en el marco del derecho internacional de los derechos humanos. FIAN y otras organizaciones internacionales de la sociedad civil insisten en que el LBI reconozca explícitamente el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible e incorpore este derecho —así como consideraciones más amplias relacionadas con el medio ambiente y el cambio climático— en todas sus disposiciones sustantivas.
«Es muy sencillo. Si el ILI no incluye medidas estrictas de protección medioambiental, traicionará a las comunidades a las que se supone que debe proteger», afirma Ayushi Kalyan, coordinadora de responsabilidad jurídica corporativa de FIAN Internacional.
Normas internacionales aplicables
Las comunidades y las defensoras y los defensores de los derechos humanos y del medio ambiente llevan mucho tiempo luchando por esta incorporación al derecho internacional de los derechos humanos.
En América Latina, varias familias siguen luchando por obtener justicia, décadas después de que la empresa sueca Boliden Mineral vertiera residuos tóxicos en Arica (Chile), causando problemas de salud generalizados entre las personas que viven cerca del vertedero. En Palestina, empresas como Heidelberg Materials están acusadas de contribuir al saqueo de los recursos naturales de los territorios ocupados. En toda África y Asia, los proyectos de extracción privan a los Pueblos Indígenas y a las comunidades rurales de sus territorios y sistemas alimentarios. Cada caso subraya la urgente necesidad de normas internacionales claras y aplicables que den prioridad a los derechos humanos y la protección del medio ambiente por encima de los beneficios empresariales.
Tanto la Corte Internacional de Justicia como la Corte Interamericana de Derechos Humanos han afirmado la obligación de los Estados de regular a los actores privados y prevenir los daños ambientales transfronterizos. Más del 80% de los Estados miembros de la ONU ya reconocen legalmente el derecho a un medio ambiente sano.
El LBI debe reconocer explícitamente el derecho a un medio ambiente sano, proteger a las defensoras y los defensores contra las represalias y garantizar a las víctimas un acceso efectivo a la justicia», afirma Stephan Backes, coordinador de obligaciones extraterritoriales de FIAN Internacional.
Salvar la brecha
Los Estados tienen ahora la responsabilidad de salvar la brecha a nivel mundial incluyendo este derecho en el LBI.
El estudio publicado hoy propone a los Estados textos jurídicos concretos destinados a reforzar las disposiciones del LBI, velando en particular por que incluya la diligencia debida en materia de medio ambiente, las medidas de precaución y la primacía de los derechos humanos y las obligaciones medioambientales sobre los acuerdos comerciales y de inversión. Los Estados deberían examinar detenidamente estas recomendaciones e incorporarlas en sus contribuciones durante la próxima ronda de negociaciones en octubre, y seguir basándose en estas propuestas en el marco de sus acciones de promoción en curso en los espacios y procesos nacionales, regionales e internacionales pertinentes.
Mientras el mundo se acerca al colapso climático, este proceso del LBI representa una oportunidad crucial para exigir a las empresas que rindan cuentas. Los Estados no deben desperdiciarla.
Para más información, póngase en contacto con Ayushi Kalyan Kalyan@fian.org o Stephan Backes Backes@fian.org.