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MONITOREO DE LAS POLÍTICAS DE LOS ESTADOS EN MATERIA DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN

A pesar de que el derecho humano a la alimentación está contemplado en el derecho internacional y en muchas constituciones y legislaciones nacionales, aún queda un largo camino para que se garantice el disfrute real del derecho a la alimentación. El reto por delante es la mejora y el seguimiento de la puesta en práctica del derecho a la alimentación a nivel nacional.

prog_4.jpg Una contribución a este esfuerzo son las recurrentes referencias a las herramientas internacionales y a las directrices de interpretación desarrolladas en la última década. En 1999, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidades aprobó una interpretación jurídica del derecho a la alimentación, la llamada observación general número 12. En noviembre de 2004, el Consejo de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) aprobó las directrices voluntarias para la puesta en práctica del derecho a la alimentación adecuada.

Las directrices voluntarias introducen una metodología basada en derechos para políticas de seguridad alimentaria y obligan a los Estados a identificar las causas específicas y las víctimas reales de hambruna, así como a aplicar sus políticas según los resultados y con el foco de atención puesto en los más vulnerables. Las directrices voluntarias describen en detalle qué medidas debería adoptar un Estado y cuáles debería evitar. Por lo tanto es una herramienta valiosa para monitorear si los gobiernos responden adecuadamente a los problemas del hambre y la malnutrición. Con la evaluación de las actuaciones de los Estados sobre la base de las directrices voluntarias, FIAN busca contribuir a la reorientación de las políticas de los Estados hacia la realización del derecho a la alimentación.

Documentos sobre el Monitoreo del derecho a la alimentación